lunes, 14 de julio de 2008

HACIA UN PARADIGMA INTEGRAL AL DERECHO A LA EDUCACIÓN

Ponencia presentada previa conformación de Comisiones de Trabajo en el Consejo Consultor para la Ley Provincial de Educación

Con la crisis del 2001 la sociedad argentina sufre los efectos y consecuencias de una de las más grande y veloz transformaciones ocurridas en el Estado como producto de las políticas neoliberales del Consenso de Washington, a partir de la hegemonía de la matriz de mercado céntrico. Por otro lado ser parte del poder del conocimiento intangible que generan los fenómenos tecnológicos e informáticos —producto globalización— formaba parte de lo estratégico para ingresar al primer mundo. En esa lógica el Estado se retrae y no es garante del espacio público y social porque las acciones de compensatoriedad diseñadas para la pobreza estructural formaron sujetos dependientes y no autónomos. La sociedad aprobó y habilitó una cultura reinante en el individualismo competitivo que cerró la memoria de las redes sociales y comunitarias. La densidad y la complejidad que adquieren los problemas sociales y económicos corren en paralelo y en sintonía junto a la desintificación y desafección con la política, como en la desvalorización de las instituciones y del régimen democrático.

De hecho a muy pocos años hubo un incipiente destello de optimismo de reconstruir la sociedad a partir de un crecimiento económico entre el 6 y el 8 % anual, en virtud de las condiciones externas favorables —el mundo necesita alimentos: soja, granos, carnes—. Crecimiento no visible en los sujetos ni en el capital social porque no se transforma en desarrollo y muy lejos de la justicia distributiva de la riqueza. Se avanza en la ley Nacional de Educación 26.206, en la ley de Financiamiento Educativo para garantizar la distribución del 6% del PBI a educación hasta el 2010 y cumplir con los objetivos del Milenio de la cual La Rioja es miembro firmante.
En el terreno de la política como un bien público —en el espacio público se hace la ciudadanía— las ideas entraman para usar el compromiso y la responsabilidad. Sin embargo en los acontecimientos sociales tendremos presente que “Lo nuevo no acaba de nacer porque lo viejo no termina de morir” en el decir de Gramsi. Lo viejo que todavía pervive es la concentración de la riqueza de grupos minoritarios y la presencia de las desigualdades de los estratos sociales deprimidos y vulnerables, muy lejos de anclar en las condiciones de prosperidad y de la movilidad social ascendente, una virtud otrora de los argentinos con empleo y trabajo que configura dignidad. Hoy la sociedad está desarticulada y fragmentada, miedosa a ser pobre, subdesarrollada y excluida de las regiones en crecimiento.

En una época histórica de crisis social como la que atravesamos no puede si no habilitarse otro paradigma como la construcción política de responsabilidad hacia un Estado Nacional de Derecho, Social y Democrático, que respete la Constitución, las autonomías provinciales, la ley de coparticipación y la defensa del federalismo. Un Estado que no coopte deslealmente voluntades sino que ayude a la reconstrucción de la soberanía, presto en la capacidad de generar identificaciones en los riojanos a partir de un sistema educativo integrado y recíproco de vínculos y funciones. Todos los que conformamos al sistema educativo provincial, que no es el Ministerio de Educación, sino toda la comunidad riojana que hace ligazones a partir de las ideologías, los valores, las creencias y las visiones aspira hacer un futuro distinto. Este es el desafío que se nos impone en los próximos días de trabajo a todos los que estamos convocados: revisar, debatir, saber elegir para resignificar y buscar nuevos sentidos al sistema educativo de la cual la ley es un principio rector de su direccionalidad.

Cuando el semblante de la sociedad está oprimido por el miedo al riesgo social, por la precariedad del empleo, por la falta de trabajo, por la ausencia de contención ante el riesgo de salud, vivienda, abrigo, alimento, educación, afecta no sólo lo psicosocial en los aspectos personales, sino que además contribuye a que desaparezcan las tramas y la memoria institucional de una sociedad organizada, base y fundamento de toda república. ¿Qué ciudadanía podemos tener cuando los sujetos no son tales porque no pueden tomar decisiones y elecciones en sus vidas y viven permanentemente en lo aleatorio? ¿Qué futuro puede tener una sociedad cuando los ciudadanos son asistidos permanentemente?

Aún así, hay un sujeto, existen en la exclusión y en la marginación. Cada uno de ellos configuran un yo, está situado en un lugar marginal, rural, en riesgo o en la violencia. “Nadie sabe lo que el cuerpo puede” dice Deleuze, porque las palabras perdieron la fuerza de la voz o minimizaron su capacidad de llegar al otro, funcionario o vecino que puede ayudar o contener. Este sujeto situado, que está lejos de las ocasiones y de las oportunidades, es el destinatario para la habilitación de los derechos sociales, económicos y culturales, llamados también como derechos de segunda generación.

De la mano del denominado constitucionalismo social, entran en escena estos derechos, que en nuestra Carta Magna encuentran su norma prototípica en el artículo 14 bis, pero que asimismo se hallan plasmados en numerosas disposiciones de los tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en 1966. Se trata de los derechos a la salud, a la seguridad social, a trabajar “de tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado”, como dice el art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a justas remuneraciones, a la alimentación, al vestido, a la vivienda digna, al acceso a la educación, al disfrute de los bienes de la cultura, etc.

Si algo le falta a los derechos de segunda generación es la carencia de vigencia. No tienen la historia de los primeros derechos que en nuestra constitución aparecieron en 1853. Ellos están fuera de duda —nadie está en contra al derecho a la vida, a un nombre a la intimidad, a la propiedad. Fueron parte de la primera parte de la corriente constitucionalista —el iusnaturalismo— tampoco tienen la actualidad doctrinaria y normativa de los de tercera generación, llamados derecho/deber o del medio ambiente.

Son los derechos sociales los que han quedado más huérfanos de la calidad que todas las normas, y que hoy se disputan como la más preciada oportunidad para hacer la efectiva vigencia. Por supuesto, nada de esto es casual, demás está decir que la cuestión se refiere al álgido tema de la distribución de la riqueza y el ingreso.

Son profusamente declamados pero tímidamente ensayados. Porque si auténticamente somos defensores de los valores de la libertad, de la autonomía personal y de la dignidad del individuo, sabremos admitir que no existen tales cosas en el vacío. El ser humano posee una dimensión material y no puede subsistir sin un periódico intercambio de bienes con la realidad externa a él: alimentos, espacio físico, abrigo, vivienda, medicamentos, libros, docentes bien capacitados para abordar a ese sujeto social situado en la fragmentación y en la desigualdad, y no favorecer la guetización con la profusión de escuelas de gestión privada. La libertad económica Dice Robert Nosik sólo puede arrojar resultados justos si los puntos de partida son justos. Ha llegado a sostener la necesidad de un principio de rectificación a los perjudicados por las apropiaciones injustas del pasado. De lo contrario es pura declamación.

Es el espíritu de la ley 26.206 concebir a la educación como un derecho social, explícitamente formulado en sus artículo 2 del Título 1 y del Capítulo 1 cuando dice que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado, espíritu que ha contagiado ya a varias leyes provinciales como la de Buenos Aires por ejemplo y los marcos teóricos del Cippec (Centro de Implementación de las Políticas Públicas para la equidad y el crecimiento) que abogan hacer las políticas públicas desde el paradigma integral al derecho social de la educación.

Para hacer el paradigma integral del derecho social a la educación requiere de la necesidad del reconocimiento de la construcción política, de acciones de reciprocidad, de cruzar la subjetividad de la demanda por la subjetividad del compromiso, hacer tejidos institucionales sin agujeros burocráticos —aún en la complejidad y en la incertidumbre— que lentifican las soluciones. Es alojar al otro desde el Estado, porque el Estado somos todos. Y No existe un Estado en una ausencia de sociedad. Y la sociedad se hace de encuentros.

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